¿Qué son Convenciones de Derechos Humanos?

Pero no es suficiente. Para que se considere que una Convención “entra en vigor”, un cierto número de Estados tienen que haberla ratificado. En el caso de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, es estableció que treinta días después que el vigésimo Estado haya ratificado y depositado su decisión en Naciones Unidas, en ese momento la Convención se consideraría válida como instrumento de derechos humanos.

El 13 de Diciembre de 2006, en la Asamblea General de las Naciones Unidas, luego de un par de décadas de negociaciones, todas estas naciones por fin se pusieron de acuerdo sobre el texto de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

En el caso de esta Convención, el Estado número veinte que la firmó, ratificó y depositó, fue en abril 2008 y la Convención entró en vigor el 3 de mayo de 2008, día de celebración para todos aquellos con capacidades diferenciadas y por todos aquellos que luchan por y con ellos, tales como la Fundación Ventana de los Cielos. No tenemos un piso común en este mundo ni dentro de cada país, sino más bien “precipicios” de diferencias en oportunidades. En Latinoamérica, de cada mil niños que nacen en Cuba o en Aruba, 5 fallecerían antes de los cinco años de edad, mientras que hay países con donde ocho veces más niños fallecerían antes de los cinco años. Dentro de cada país, tenemos esos precipicios también, en vez de un “piso” de oportunidades. Una niña indígena o un niño afro-descendiente en la mayoría de los países de nuestra región, tendrá muchos menos posibilidades de sobrevivir que el promedio de niños del país. No tienen las mismas oportunidades a la vida. Lo mismo pasa con otros derechos, como posibilidades de recibir una buena educación, tener registro de nacimiento, poder recibir tratamiento por su salud cuando lo requiera.

Una Convención no resuelve el problema. Lo que la Convención establece, es lo que el piso debería de ser. Implícito en una convención, es que no estamos bien. Aspiramos a mejorar. En el caso de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, que aquellos con capacidades diferenciadas no tienen sus derechos protegidos, ya sea por discriminación, que no les da acceso a salud y el tratamiento que deberían de poder recibir, apoyo para que puedan estudiar, o la facilitación para que puedan tener empleo digno, para tomar algunos ejemplos.

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